El próximo 19 de octubre tendrá lugar en el Ateneo de Madrid, la presentación de…
STS de 13 de abril de 2016
El Tribunal Supremo, Sala 1ª, ha absuelto al cirujano que realizó una intervención de cirugía estética mamaria, a pesar del mal resultado de la misma. En el postoperatorio de la mamoplastia de aumento practicada se pudo observar una complicación estética no deseada, consistente en una deformidad conocida como doble burbuja, y el consiguiente empeoramiento estético, muy visible y notorio.
Como bien señala el alto Tribunal, la responsabilidad del profesional médico es de medios y como tal no puede garantizar un resultado concreto. Obligación suya es poner a disposición del paciente los medios adecuados, comprometiéndose no solo a cumplimentar las técnicas previstas para la patología en cuestión, con arreglo a la ciencia médica adecuada a una buena praxis, sino a aplicar estas técnicas con el cuidado y precisión exigible de acuerdo con las circunstancias y los riesgos inherentes a cada intervención, y, en particular, a proporcionar al paciente la información necesaria que le permita consentir o rechazar una determinada intervención.
Los médicos actúan sobre personas, con o sin alteraciones de la salud, y la intervención médica está sujeta, como todas, al componente aleatorio propio de la misma, por lo que los riesgos o complicaciones que se pueden derivar de las distintas técnicas de cirugía utilizadas son similares en todos los casos y el fracaso de la intervención puede no estar tanto en una mala praxis cuanto en las simples alteraciones biológicas. Lo contrario supondría prescindir de la idea subjetiva de culpa, propia de nuestro sistema, para poner a su cargo una responsabilidad de naturaleza objetiva derivada del simple resultado alcanzado en la realización del acto médico, al margen de cualquier otra valoración sobre culpabilidad y relación de causalidad y de la prueba de una actuación médica ajustada a la lex artis, cuando está reconocido científicamente que la seguridad de un resultado no es posible, pues no todos los individuos reaccionan de igual manera ante los tratamientos de que dispone la medicina actual.
Es el caso que hubo información, que ha sido calificada de correcta y suficiente, y no consta de la lectura de la misma que a la paciente se le prometiera el resultado. Al paciente se le advirtió de los riesgos de la operación, que finalmente se materializaron, pese a lo cual decide someterse a ella.
La cirugía estética o plástica no conlleva la garantía del resultado y si bien es cierto que su obtención es el principal objetivo de toda intervención médica, voluntaria o no, y la que la demandante esperaba, el fracaso no es imputable al facultativo por el simple resultado.